Que el Fiduciario reciba las aportaciones que se realicen al Patrimonio del Fideicomiso en los términos del presente Contrato.
Que previas instrucciones que reciba el Fiduciario por escrito del Comité Técnico, contratará los Financiamientos en los términos autorizados y/o disponga de los recursos de los mismos, para aplicarlos de conformidad con lo estipulado en el contrato respectivo.
Al efecto, el Fiduciario deberá mantener un registro de los Financiamientos que contrate, sustancialmente en términos del Anexo G.